sábado, 7 de junio de 2008

Iniciativa de Coalición Civica pide respeto por la identidad de género de transexuales en General Pueyrredon

El concejal de la Colación Cívica, Guillermo Schütrumpf, presentó un proyecto de comunicación con el fin que Municipio del Partido de General Pueyrredon adhiere a la Resolución del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires Nº2359/07, que establece el respeto por la identidad y expresión de género de todas las personas que se acerquen a instituciones de salud en el territorio provincial. También, se pide que instruya al personal de la Secretaría de Salud designar con el nombre de elección, masculino o femenino, a las personas travestis y transexuales que asistan como pacientes.
En los fundamentos del proyecto, el edil explicó que “visto la Resolución 2359/07 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y tomando en cuenta la Ley Provincial Nº13175 y considerando la concurrencia a los Centros, Subcentros, Unidades Sanitarias y Postas Sanitarias por parte de personas travestis y transexuales da cuenta de la necesidad de adoptar medidas tendientes a respetar su identidad femenina o masculina. Se deja constancia que las personas travestis o transexuales, femeninas o masculinas, en su historia clínica y en toda otra documentación podrán decidir en forma fehaciente, que se utilice un sistema que combine las iniciales de su documento de identidad vigentes(nombre y apellido) mas el día, mes y año de nacimiento”.
Destacó que “la presente medida tiene como base la Ley Nacional Nº 23798 y su Decreto Reglamentario 1244/91 en su Articulo 2º inciso e) que pauta como ejes legislativos la prevención de la dignidad de las personas, evitar la marginación, estigmatización, degradación o humillación, la confidencialidad, el secreto medico y la individualización de las personas en forma codificada. La confidencialidad propuesta en la documentación interna en los efectores de la salud, a elección del paciente travestí o transexual, tiende a evitar discriminaciones arbitrarias. En este sentido de la Declaración Universal de Derechos Humanos en su articulo 12, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su articulo 17 y la Convención Americana de Derechos Humanos en su articulo 11, establecen que nadie será objeto de injerencias arbitrarías en su vida privada ni de ataques a su honor o a su reputación”.
Y agregó que “por su parte la Declaración Americana de Derechos Humanos y Deberes del Hombre en su articulo V establece la protección de la Ley contra ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar. Con fundamento en el derecho de igualdad, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial reconoce sin ningún tipo de discriminación los derechos económicos, sociales y culturales, y entre otros cita el derecho a la salud publica y a la asistencia medica”.
“Resulta necesario, para que todas las personas puedan vivir plenamente su identidad personal como forma de preservar su salud física y psíquica, que dicha identidad se adopte en forma armónica y sin discriminaciones, con su identidad social” concluyó.


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